“O informe da asesoría considera como contrario á legalidade a participación pública no capital das empresas eólicas porque vulnera a Constitución (atenta contra a liberdade de empresa)”. Con este argumento la consellería de Economía e Industria, dirigida por Javier Guerra, procedió a anular el concurso eólico del bipartito, que concedió 2.325 megavatios de potencia en diciembre de 2008 y tenía en la participación pública un criterio de valoración de la adjudicación de parques eólicos. Ahora ese argumento ha sido desestimado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en dos sentencias a los recursos presentados por Endesa y Eurovento contra el bipartito.
En los recursos, ambas empresas energéticas cuestionan la validez del criterio de valoración de la participación pública en los proyectos empresariales eólicos presentados en base a la Orde del 22 de mayo de 2006, elaborada por la consellería de Innovación e Industria de la Xunta bipartita. Endesa considera que este criterio va en contra de un “sector liberalizado y sometido únicamente a autorización”, algo que según la compañía viola la Ley del Sector Eléctrico. Por su parte, Eurovento también señala que la entrada de capital público en los proyectos “contraviene lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico”, “afecta a la libertad empresarial –recogida en el artículo 38 de la Constitución Española–” y porque se convierte “en determinante” para la admisión de las solicitudes presentadas.
DEFENSA DE BIPARTITO
En su defensa, el bipartito, además de considerar que la demanda llega fuera de tiempo, argumenta que la participación pública “se trata de un criterio de valoración, que no de admisión, de las solicitudes”, por lo que estima que no se puede considerar determinante para la autorización de los proyectos. Además, la consellería de Innovación e Industria indica que otras comunidades autónomas –como el País Vasco– “prevén criterios más intensos de participación y que resulta amparado en la Directiva 2003/44/CE”.
La Xunta bipartita considera que Eurovento “incurre en el error de considerar la previsión como una exigencia implícita de admisión”, es decir, que si no cumple ese criterio no se le concederá ningun parque, a lo que el letrado del anterior Gobierno gallego añade que ese criterio “en modo alguno se trataría de una reserva para el sector público de una actividad sometida a la libre iniciativa empresarial”. En su defensa también indica que el artículo 17.2 letra h) del Decreto 302/2001 permite que en las convocatorias anuales se establezcan “otros criterios de valoración”, motivo por el que el recurso “ha de ser desestimado” en este punto.
LOS EXPERTOS COINCIDEN
Las fuentes jurídicas consultadas explicaron que el TSXG “no ve motivo para el recurso” en lo referente a la supuesta ilegalidad de puntuar la participación pública en los proyectos empresariales eólicos. “Es un criterio que está en el reglamento, y no es eliminatorio. Además está bien aplicado y no fue determinante para que las compañías obtuvieran un autorización”, señalaron las mismas fuentes. “Si el criterio fuera en contra de la Constitución Española los demandantes podrían acudir al Tribunal Supremo, pero este criterio se enmarca en un reglamento autonómico y al ser valorativo no es ilegal”, añadieron. Los expertos jurídicos consultados apuntaron que las sentencias son “contrarias” al informe emitido el año pasado por la Asesoría Xurídica de la Xunta contra el concurso eólico del bipartito
Fonte xornal
23.5.10
El TSXG ve legal que se puntúe el capital público en parques eólicos
Publicado por Bloque Nacionalista Galego ás 10:18 da tarde
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